Un juez de Madrid permite la exoneración total del crédito público tras resolución del TJUE

La exoneración total del crédito público ha dado un giro significativo en España gracias a una reciente resolución del Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid. El magistrado Francisco José Soriano ha dictado el Auto nº 708/2025, en el que concede la exoneración completa de las deudas públicas a un deudor, incluyendo aquellas contraídas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, sin aplicar el límite de 10.000 euros establecido por la Ley 16/2022 .

Esta decisión se fundamenta en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en su sentencia de 7 de noviembre de 2024 (asuntos C-289/23 y C-305/23) estableció que las excepciones a la exoneración de deudas deben estar debidamente justificadas y ser proporcionales. El juez Soriano considera que la justificación ofrecida por el legislador español, basada en la «especial relevancia de su satisfacción para una sociedad justa y solidaria», no cumple con estos requisitos.

¿Qué implica esta resolución?

La exoneración total del crédito público permite a los deudores liberarse completamente de sus obligaciones con entidades públicas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Segunda Oportunidad. Esta resolución abre la puerta a que otros jueces adopten interpretaciones similares, promoviendo una aplicación más equitativa y alineada con el Derecho europeo.

Impacto en la Ley de Segunda Oportunidad

«La decisión del juez Soriano podría marcar un punto de inflexión en la aplicación práctica del mecanismo de segunda oportunidad, al permitir la exoneración total de las deudas públicas a deudores de buena fe. Aunque no supone un cambio en la legislación actual, esta resolución sienta un precedente relevante que podría influir en futuros pronunciamientos judiciales. Para muchos emprendedores atrapados en deudas con la administración, esta vía judicial abre una esperanza real de reintegración económica y social.»

 

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