La Dirección General de Tributos (DGT) ha analizado cómo influye el alquiler vacacional en la aplicación de la exención por reinversión en vivienda habitual prevista en el artículo 38 de la Ley del IRPF. Esta medida permite no tributar por la ganancia patrimonial obtenida al vender una vivienda si el importe se reinvierte en otra que constituya la residencia habitual. Sin embargo, ciertas situaciones pueden hacer que este beneficio se pierda.
Alquiler vacacional y pérdida de la condición de vivienda habitual
La DGT ha sido clara: cuando una vivienda se destina a alquiler vacacional, deja de ser considerada como residencia habitual del contribuyente. Para mantener dicha condición, el inmueble debe ser ocupado de manera efectiva, permanente y exclusiva. El arrendamiento a través de plataformas como Airbnb o Booking interrumpe este uso, lo que implica automáticamente la pérdida de beneficios fiscales asociados, entre ellos la exención por reinversión.
Traslado antes de tres años y exención
Otro aspecto relevante es el traslado de domicilio antes de los tres años de residencia exigidos para consolidar el beneficio fiscal. La DGT indica que solo se mantiene la exención si el cambio está motivado por una causa obligatoria, externa e ineludible, como puede ser un traslado laboral. En caso contrario, el contribuyente deberá presentar una autoliquidación complementaria con intereses.
En conclusión, destinar una vivienda a alquiler vacacional supone perder su carácter de residencia habitual y, con ello, importantes ventajas fiscales.
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