¿Has estado de ERTE el año pasado? ¿Te has enterado que tienes que presentar renta?
Para declarar cuando los rendimientos del trabajo procedan de un pagar es de 22.000€ , pero cuando procedan de más de un pagador que hayan superado a 1500 € el límite será de 14.000€.
Al mismo tiempo, quienes perciban el Ingreso Mínimo Vital y los miembros de su unidad de convivencia también deberán presentar la declaración de Renta.
Un dato importante que tenemos que tener en cuenta, es que a partir del 2021, el límite de la deducción por aportaciones a planes de pensiones que era hasta 8000€ se reduce a 2000€.
La documentación necesaria para presentarla será:
– DNI en vigor y original del titular junto a una copia de quienes estén en la declaración
– Recibos de IBI
– Documentos en el que se vea el tipo de renta que se ha percibido
– Número de IBAN
¿Cuándo debo presentarla?
– Desde el día 7/4 ya se puede presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio
– Si el resultado es a ingresar, el último día de domiciliación bancaria para presentar las declaraciones serán el 25/06/2021
– El día 30/06/2021, será el último día para presentar declaraciones de Renta y Patrimonio del año 2020.
– El último día para realizar el ingreso del segundo plazo de la cuota del impuesto sobre la Renta 2020 si se fraccionó el pago será el 05/11/2021.
¿Cuándo me devuelve Hacienda el dinero y cómo puedo conocer el estado de mi trámite?
Si el resultado es “a devolver”, Hacienda tendrá un límite de 6 meses para devolvérselo desde el 30 de junio.
El estado de mi declaración a devolver la podré ver en la página de la Agencia Tributaria, en la pestaña de “consulta devolución”, o bien, en la aplicación móvil “Agencia Tributaria”.
Desde Eteria Consultores, queremos ayudarlo facilitándole toda la información que necesite. Puede solicitar una cita al 96664616 o a través de nuestro formulario de contacto.
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