Impuesto de Sociedades 2026 para pymes: tipos reducidos y deducción del 20 % por reforzar capital

Las pymes y microempresas españolas afrontan la liquidación del Impuesto de Sociedades de 2026 con las condiciones más favorables de la última década. Por primera vez, las micropymes —aquellas con una cifra de negocios inferior a un millón de euros— tributarán a un tipo efectivo inferior al de las grandes corporaciones, con un gravamen del 19 % sobre los primeros 50.000 euros de base imponible y del 21 % sobre el exceso. A esto se suma una deducción del 20 % por incremento de fondos propios que puede elevarse hasta el 30 % si se vincula a la creación de empleo. Comprender y aplicar correctamente estos incentivos puede suponer un ahorro fiscal de varios miles de euros para una empresa de tamaño medio.

Los nuevos tipos de gravamen: una rebaja progresiva hasta 2029

La reforma del Impuesto de Sociedades establece una reducción escalonada del tipo impositivo para las entidades de reducida dimensión. En el ejercicio 2026, las empresas con facturación inferior a diez millones de euros aplicarán un tipo general del 23 %, frente al 25 % que soportan las compañías de mayor tamaño. La senda de rebaja continuará hasta alcanzar el 20 % en 2029, lo que sitúa a España más cerca de la media europea para este segmento empresarial.

Para las micropymes —con cifra de negocios inferior a un millón de euros—, el beneficio es aún más pronunciado. En 2026, los primeros 50.000 euros de base imponible tributan al 19 % y el tramo restante al 21 %. Se trata de la primera vez que estas empresas pagan proporcionalmente menos que las grandes compañías, invirtiendo una situación que la patronal de pequeñas empresas venía denunciando desde hace años.

Esta diferenciación por tramos permite a las micropymes con beneficios modestos —el perfil más habitual del tejido empresarial español— retener una parte mayor de sus ganancias para reinvertirla en el negocio. En términos prácticos, una microempresa con 100.000 euros de base imponible pasará de pagar 25.000 euros (al tipo general anterior del 25 %) a aproximadamente 20.000 euros, un ahorro directo de 5.000 euros que puede destinarse a circulante, inversión o reducción de deuda.

Deducción del 20 % por elevar fondos propios: el principal incentivo para pymes

El nuevo modelo del Impuesto de Sociedades para el ejercicio 2025 —cuya declaración se presenta en julio de 2026— incorpora como novedad destacada la elevación de la deducción por incremento de fondos propios del 15 % al 20 %. Esta medida premia a las empresas que destinan beneficios a reforzar su estructura financiera en lugar de distribuirlos íntegramente como dividendos.

Requisitos para aplicar la deducción

Para acceder a este beneficio, la empresa debe cumplir varias condiciones. En primer lugar, el incremento de fondos propios debe producirse respecto al ejercicio anterior y mantenerse durante un período mínimo de tres años. En segundo lugar, la deducción tiene un tope: no puede superar el 20 % de la base imponible para pymes ni el 25 % para micropymes. En tercer lugar, los fondos deben proceder de resultados del ejercicio efectivamente dotados a reservas, no de ampliaciones de capital con aportaciones externas.

Deducción ampliada por creación de empleo

La norma establece un mecanismo de mejora escalonado vinculado al aumento de la plantilla media. Si la empresa incrementa su número de trabajadores entre un 2 % y un 5 %, la deducción sube al 23 %. Si el incremento se sitúa entre el 5 % y el 10 %, la deducción alcanza el 26,5 %. Y si supera el 10 %, el porcentaje se eleva hasta el 30 %. El empleo creado debe mantenerse igualmente durante tres ejercicios. Este diseño convierte la deducción en una herramienta doblemente estratégica: fortalece la solvencia de la empresa y, al mismo tiempo, incentiva la contratación estable.

El impuesto mínimo global del 15 %: contexto para las pymes

Desde 2026, las grandes empresas y los grupos multinacionales con facturación consolidada superior a 750 millones de euros deben abonar un tipo mínimo efectivo del 15 %, en cumplimiento de la directiva europea que transpone el acuerdo de la OCDE sobre tributación mínima global (Pilar 2). Las pymes no están sujetas directamente a esta norma, pero sí conviene que la conozcan: las empresas que operan como proveedoras o subcontratistas de multinacionales pueden verse afectadas indirectamente si sus clientes revisan las estructuras de precios para absorber el mayor coste fiscal.

Cómo planificar la liquidación de Sociedades con estos cambios

La combinación de tipos reducidos y deducción por fondos propios abre una ventana de planificación fiscal que las pymes no deberían desaprovechar. El primer paso es calcular con precisión la cifra de negocios del ejercicio para confirmar en qué tramo se sitúa la empresa: el umbral de un millón de euros para micropymes y el de diez millones para pymes de reducida dimensión determinan el tipo aplicable.

El segundo paso es evaluar la política de distribución de beneficios. Retener una parte mayor de los resultados en reservas no solo activa la deducción del 20 %, sino que mejora los ratios de solvencia de la empresa, facilitando el acceso a financiación bancaria y a licitaciones públicas que exigen determinados niveles de fondos propios. En un contexto en el que las entidades financieras informan mensualmente a Hacienda de los cobros de empresarios —eliminado el umbral mínimo de 3.000 euros—, la transparencia y la solidez patrimonial se convierten en activos competitivos.

Tercer paso, si la empresa tiene previsión de contratar, es dimensionar la ampliación de plantilla para maximizar el tramo de deducción aplicable. Un incremento del 5 % frente al 4,9 % supone pasar del 23 % al 26,5 % de deducción; una diferencia que, sobre bases imponibles significativas, puede representar miles de euros adicionales de ahorro.

Conclusiones y recomendaciones para el empresario

El ejercicio 2026 marca un punto de inflexión en la tributación de las pymes españolas. Los tipos reducidos para micropymes y entidades de reducida dimensión, combinados con la deducción mejorada por incremento de fondos propios y creación de empleo, configuran un escenario en el que la planificación fiscal puede generar un retorno tangible y medible. No obstante, aprovechar estos incentivos exige un análisis individualizado: cada empresa tiene una estructura de resultados, una política de dividendos y unas necesidades de contratación distintas.

Desde Eteria Consultores acompañamos a pymes y micropymes en la planificación y liquidación del Impuesto de Sociedades, asegurando que cada incentivo disponible se aplica correctamente y que la estrategia fiscal está alineada con los objetivos de crecimiento del negocio. Si desea evaluar cómo le afectan los nuevos tipos y deducciones, contacte con nuestro equipo antes de la presentación del modelo 200.

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