¿PUEDE HACIENDA SANCIONARME AL DECLARAR INCORRECTAMENTE SIN MALA FE?

 

El TSJ de Galicia exoneró a un autónomo de una sanción que ascendía a los 70.000€ por “errores” cometidos al realizar la declaración de sus impuestos. La sentencia abre el camino para empezar a aplicar el conocido como “derecho al error” a los contribuyentes cuando estos no actúen de mala fe.

En concreto, la declaración incorrecta de unas participaciones de su empresa le conllevó una regularización de 54.510 euros y una sanción de 72.681 euros. El contribuyente aceptó la regularización, pero recurrió la sanción alegando que está no estaba lo suficientemente motivada.

Con esta sentencia el tribunal reconoce el conocido como “derecho al error”, el cual en este caso liberaría al contribuyente de la deuda que tenía con la Agencia Tributaria. Este tribunal basó su decisión en que la Agencia Tributaría debe tener presunción de buena fe sobre el contribuyente y es quien tiene la carga de la prueba y por tanto es la encargada de demostrar que hay mala fe y no negligencia.

¿Qué se necesita en realidad para sancionar al obligado tributario?

El tribunal añadió que para sancionar al contribuyente se exige algo más que una simple infracción tributaria, se exige la existencia del elemento subjetivo, que en este caso sería la culpabilidad por la infracción cometida. Es decir, que para que hacienda pueda multarme necesitaría tener conocimiento de que he obrado de mala fe y por lo tanto no bastaría únicamente con el simple hecho de haber cometido una infracción.

¿Actúa correctamente la administración en sus sanciones al contribuyente?

Y es precisamente la existencia de ese elemento subjetivo el que la Administración no suele valorar a la hora de imponer sanciones y es en esos casos en los que se dice que las sanciones que emite se hacen de forma automática.

Por tanto, su forma de actuar suele ser incorrecta, lo que durante los últimos años ha favorecido que gran parte de las sanciones que se han impuesto por Hacienda y las cuales han sido recurridas por el contribuyente, hayan sido anuladas por los tribunales.

¿Se encuentra regulado en nuestra legislación este derecho al error?

Aunque todavía no se ha regulado este derecho al error en nuestra normativa, se están terminando de perfilar temas informáticos para introducirlo y poder empezar a aplicarlo en próximas fechas, pero de momento ya contamos con varias sentencias que recogen el derecho al error las cuales ayudaran a la creación de cada vez más jurisprudencia.

 

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