Informe pericial de valoración para el TEAR: tu mejor argumento frente a la AEAT
Un informe pericial de valoración para el TEAR es, en muchas reclamaciones, la pieza que decide si prospera o no la defensa frente a una liquidación de la AEAT. La respuesta directa para el asesor fiscal que se enfrenta a una comprobación de valores o a una regularización por operaciones vinculadas es esta: para desvirtuar la valoración de la Administración no basta con discrepar, hace falta un informe técnico riguroso, alineado con la jurisprudencia del TEAC y de los Tribunales Superiores de Justicia, que el Tribunal Económico-Administrativo no pueda ignorar. En este artículo explicamos cómo se construye ese informe y por qué es tan determinante.
Cuándo necesitas un informe pericial de valoración
La situación típica llega con un acta de inspección o una propuesta de liquidación en la que la AEAT fija un valor distinto del declarado: el valor de una participación, de un inmueble afecto, de una operación entre partes vinculadas o de una transmisión dentro del grupo. La Administración suele apoyarse en su propio dictamen de valoración, y a partir de ahí construye la regularización.
Frente a eso, el obligado tributario tiene derecho a aportar prueba. Un informe pericial de valoración para el TEAR sirve precisamente para acreditar, con criterio técnico independiente, que el valor correcto es otro. Sin ese soporte, la reclamación se queda en una discrepancia de parte, fácil de desestimar; con él, el Tribunal tiene ante sí un contrapeso técnico que está obligado a valorar.
Operaciones vinculadas: el terreno más delicado
Las operaciones vinculadas concentran buena parte de la conflictividad. La normativa obliga a valorar a mercado las operaciones entre personas o entidades vinculadas, y la Administración puede comprobar y corregir esa valoración. El problema es que el valor de mercado admite metodologías distintas, y la elección del método —y su correcta aplicación— lo cambia todo.
La actualidad lo confirma. Una resolución del TEAC de 2025 anuló una regularización por operaciones vinculadas al concluir que el método del coste incrementado no se había aplicado correctamente entre las entidades implicadas. [VERIFICAR: contrastar la referencia y el contenido de la resolución del TEAC de 25 de febrero de 2025 antes de citarla.] El mensaje para el asesor es claro: muchas regularizaciones son atacables no en el fondo, sino en la técnica de valoración, y ahí es donde un buen perito marca la diferencia.
La tasación pericial contradictoria como vía de defensa
Junto a la prueba pericial en la reclamación, existe una herramienta específica: la tasación pericial contradictoria, que permite oponer la valoración de un perito propio a la de la Administración. Su uso en comprobaciones de operaciones vinculadas ha sido respaldado por la jurisprudencia reciente, lo que la convierte en una vía a considerar en la estrategia de defensa. [VERIFICAR: confirmar los requisitos, plazos y efectos vigentes de la tasación pericial contradictoria, así como el pronunciamiento de la Audiencia Nacional que avala su uso en operaciones vinculadas.]
Elegir entre aportar un informe pericial en la reclamación, instar la tasación pericial contradictoria o combinar ambas vías no es trivial: depende del tipo de comprobación, del momento procesal y de los plazos. Por eso conviene decidir la estrategia al principio, no cuando ya se han agotado las opciones.
El dictamen no puede quedar al margen del procedimiento
Un principio que la doctrina viene reforzando es que cuando una liquidación se apoya en un dictamen de valoración, ese dictamen es la pieza clave del procedimiento y no puede quedar fuera del debate. Para el obligado tributario esto es una oportunidad: si la regularización descansa sobre una valoración administrativa, atacar técnicamente esa valoración —su método, sus comparables, sus hipótesis— es atacar el corazón de la liquidación, no un aspecto accesorio.
De ahí que un buen informe pericial no se limite a proponer un valor alternativo, sino que analice y rebata el dictamen de la Administración punto por punto. Demostrar que el método empleado por el actuario no es el adecuado, o que se aplicó de forma incorrecta, suele ser más eficaz que limitarse a aportar otra cifra sin desmontar la contraria.
Plazos y momento procesal: decidir pronto lo cambia todo
En materia tributaria los plazos son cortos y preclusivos: una vez vencidos, la oportunidad de aportar prueba o de instar determinadas vías desaparece. Por eso la decisión sobre cómo defender la valoración debe tomarse al recibir la propuesta de liquidación o el acuerdo, no cuando la reclamación ya está avanzada. Esperar reduce las opciones y, a veces, las elimina por completo.
Anticiparse permite elegir con criterio entre aportar el informe en vía de gestión o inspección, reservarlo para la reclamación ante el TEAR o combinar la prueba pericial con la tasación pericial contradictoria. Esa estrategia, definida desde el principio y coordinada entre el asesor y el perito, es lo que convierte un informe técnico en una defensa eficaz.
Qué hace que el TEAR acepte tu informe
Un informe pericial de valoración para el TEAR solo cumple su función si el Tribunal lo admite como prueba sólida. Para ello debe reunir tres condiciones. La primera, rigor metodológico: método adecuado, hipótesis explícitas y cálculos trazables. La segunda, alineación con la doctrina del TEAC y de los TSJ, de modo que sus criterios encajen con cómo resuelven realmente los órganos económico-administrativos y judiciales. La tercera, que lo firme un economista que conozca la normativa tributaria —Impuesto sobre Sociedades, normativa de valoración, operaciones vinculadas— y no solo la técnica financiera.
La objeción frecuente del asesor es comprensible: «ya trabajo con otro economista» o «necesito el informe en un plazo muy corto». Son consideraciones legítimas, pero la pregunta de fondo es si ese informe está pensado para sostenerse ante el TEAR, no solo para calcular un valor. Un informe que no conoce cómo argumenta el Tribunal puede ser técnicamente correcto y, aun así, inútil para ganar la reclamación.
Tu informe, alineado con quien va a resolver
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