Si eres autónomo y facturas menos de 85.000€ ya no tendrás que declarar el IVA

Si eres autónomo ya no tendrás que declarar el IVA. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo de naturaleza indirecta que recae directamente sobre los consumidores, puesto que se paga al adquirir un producto o servicio sobre el precio neto de los mismos. Entre las operaciones sujetas a IVA podemos encontrar; las prestaciones de servicios, entrega de bienes, importaciones de bienes y adquisiciones intracomunitarias.

Como autónomo, ¿puedo emitir facturas sin IVA?

La respuesta es: sí. A partir de 2025 tras implementarse el nuevo régimen especial de franquicia en el IVA, basado en la Directiva (UE) 2020/285, los autónomos que facturen menos de 85.000€ al año podrán quedar eximidos de esta obligación.

¿Quién puede acogerse al nuevo sistema de IVA franquiciado?

Los autónomos con ingresos inferiores a 85.000 euros tendrán la posibilidad de elegir entre el régimen general del IVA o el régimen especial de franquicia del IVA.

En el caso de optar por este último, les permitirá no incluir el IVA en sus facturas, lo que a su vez significa que no tendrán que declararlo. Además, para beneficiarse de este régimen los autónomos no podrán aumentar su volumen de negocio en más de un 10%.

Ventajas del régimen especial del IVA

  • No tendrás la obligación de presentar declaraciones trimestrales de IVA.
  • No necesitarás incluir el IVA en tus facturas.
  • Tus productos y servicios serán más competitivos.
  • Ahorra tiempo en la realización de trámites.

A través del nuevo régimen del IVA franquiciado se limitarán las obligaciones informativas en cuanto al IVA en una única declaración que tendría que realizarse a principios de año. De esta manera Hacienda podrá controlar los ingresos y gastos de los autónomos con el fin de determinar si continúan reuniendo los requisitos para acogerse a este nuevo régimen del IVA.

¿y la parte negativa? La principal desventaja del régimen especial del IVA o IVA franquiciado para los autónomos es:

  • Que pierden la oportunidad de deducir el IVA soportado.

 

Esta desventaja afectará especialmente a los autónomos que tengan más gastos y por lo tanto soporten una gran carga de IVA.

En cualquier caso, este régimen será opcional y habrá que esperar para conocer más detalles sobre él.

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