Nuevo sistema de cotización de los autónomos que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023

El nuevo sistema de cotización para autónomos consiste en un modelo progresivo de cuotas que se va a desplegar durante tres años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos rebajarán su cuota, mientras que se verá incrementada para los que más ganen.

El sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tendrá que insertarse en función de su previsión de ingresos.

Mientras que los primeros tramos van a suponer una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima, en los tramos más altos aumentará. Por ejemplo:

  • Tramo hasta 670€  la base de cotización en el año 2023 será de 751,63€ y la cuota será de 230€.
  • Tramo entre 670-900€  la base de cotización del 2023 será 849,67€ y la cuota en el 2023 será de 260€.
  • Entre 900€ y 1.166,70€ la base de cotización será 898,69€ y la cuota será de 275€.

A partir de 2023 los autónomos cotizarán a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales, seleccionando uno de los 15 tramos de rendimientos netos con su correspondiente cuota mensual.

El autónomo societario (que ejerzan funciones de dirección y gerencia que conllevan el desempeño del cargo de consejero o administrador) y los socios de sociedades laborales, así como los familiares del trabajador autónomo incluidos en este régimen, autónomo colaborador, NO PODRÁN ELEGIR UNA BASE DE COTIZACIÓN INFERIOR A 1.000€ durante el año 2023.

Claves del nuevo sistema de cotización de los autónomos

Los puntos clave para los autónomos con el nuevo sistema de cotización son:

  • Nueva tarifa plana de 80 euros. Con el nuevo sistema la tarifa plana para autónomos pasará a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de los ingresos del trabajador por cuenta propia.
  • Acción protectora: cese de actividad. Se establece una prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad. Se podrá cobrar de 4 meses a 2 años sin tener que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre.
  • Deducciones. Se incorpora una deducción por gastos genéricos del 7% para autónomos individuales y del 3% para autónomos societarios.
  • Cambio de tramo cada 2 meses. Se permite al autónomo cambiar su base de cotización hasta 6 veces al año (cada 2 meses), en función de su previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de sus negocios.

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